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TÍTULO I. DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN DE LA ASOCIACIÓN
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Articulo 1º
1.- Al amparo del articulo 22 de la Constitución Española se constituye con sede en Ávila y con la denominación de "ASOCIACIÓN DE AMIGOS DEL ARBITRAJE DE AVILA", esta Asociación que tendrá, con arreglo a las Leyes, capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
2.- El régimen de la Asociación está constituido por los presentes Estatutos y por los acuerdos válida-mente adoptados por la Asamblea General y Órganos Directivos, en los ámbitos de sus respectivas competencias. En lo no previsto en estos estatutos se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
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